Georreferenciación

¿Qué es el plano georeferenciado?

Georreferenciar (es lo mismo que localizar las coordenadas) una parcela es la técnica que permite ubicarla en el espacio de manera unívoca; es decir le confiere una localización geográfica única, definida por unas coordenadas geográficas en un sistema determinado. Dichas coordenadas permiten volver a marcar en el terreno los límites de la parcela.

Las coordenadas UTM es la proyección cartográfica más utilizada en la actualidad, conocida como Universal Transversal Mercator (UTM), en la cual se proyectan cilindros en forma transversal a la Tierra, generándose zonas UTM con una longitud de 6°. El sistema trabaja en Coordenadas Norte y Este.

Un plano georeferenciado es un documento técnico en el que se determina con exactitud la posición de un edificio o parcela determinada. Con este documento podemos tener información sobre la superficie de una parcela o un conjunto de parcelas, si los límites de una finca invaden elementos públicos o terrenos colindantes. También nos permite conocer la posición exacta de una obra nueva ya sea edificación, vivienda o local. Y no solo eso, sino que ofrece una seguridad legal ante cualquier problema que pudiera aparecer.

Es necesario tener un plano georeferenciado tanto para realizar trámites en el Registro de la propiedad como pueden ser declarar una obra nueva, segregación de una parcela, agregación o agrupación, para inscribir una propiedad o para realizar una inmatriculación o para modificación de una finca ya existente; o en el Catastro para calcular impuestos como el IBI, el IRPF o el impuesto de sociedades o propiedades.

¿Qué tipos de planos georeferenciados existen?

Hay diferentes tipos de planos referenciados y en cada uno de ellos se obtiene una información diferente. Estos son los casos en los que necesitaremos realizar un plano georeferencial:

→ Cuando hay una segregación de una parcela: los planos deben mostrar tanto como estaba la parcela en su inicio y el resultado final de la repartición. Se debe incluir la ubicación, la delimitación y superficies de las parcelas resultantes para poder comprobar que coincide la superficie de la parcela original y la suma de las resultantes.

→ Si se va a realizar una obra nueva, ya sea una nueva obra en construcción, nueva o antigua.

→ Cuando los datos que hay en el catastro no coinciden con la realidad, es decir, cuando hay una alteración catastral. Por ello, es fundamental contar con profesionales que sepan cómo medir una finca catastral para que no haya estos problemas.

¿Cuándo solicitar un plano georeferenciado?

El cliente puede solicitarlo en el momento que se surja la necesidad para una medición de un terreno o finca. 
Cuando no se estuviera de acuerdo con la representación gráfica catastral se puede aportar una representación gráfica alternativa, la cual, una vez inscrita en el Registro de la Propiedad, podrá dar lugar a la oportuna rectificación en el Catastro Inmobiliario.

¿Cómo realizar un plano georeferenciado?

Para poder localizar las coordenadas UTM de una referencia catastral de una parcela se necesitará aportar el número de referencia catastral de la finca. Con esta información y una comprobación en campo, el técnico elaborará el plano georeferenciado.

Normativa y requisitos del plano georeferenciado

No hay normativa aplicable a este trámite, salvo que sea para presentarlo ante la Dirección General del Catastro, en la que se aplicará la:

Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

¿Por qué lo necesito?

La georreferenciación de una parcela se expresa mediante la inclusión de su sistema de referencia, su sistema de proyección y sus coordenadas. En el caso de España el sistema de referencia oficial es el conocido como ETRS89 (y también REGCAN95 en Canarias) y la proyección a utilizar se llama UTM. Ambas cosas unidas se conocen como sistema de coordenadas. Una vez conocido el sistema de coordenadas, se deben expresar los puntos X, Y, de cada uno de los vértices de la parcela referidos a dicho sistema de coordenadas.

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¿Dónde se presenta?

En el caso de discrepancias con catastro, debe tramitarse en la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

¿Quién lo hace?

El profesional que se encargará de la realización de este trámite deberá ser una persona que posea a capacidad técnica suficiente de conformidad con las normas sobre cualificaciones profesionales, como topógrafos.

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